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Conceptos
generales
APSRA Asociación
de Psicólogos Sociales de la República Argentina extenderá
la acreditación a los miembros asociados activos que certifiquen
su actividad profesional, mediante la presentación de constancias
de desempeño en ámbitos privados, gubernamentales, asociaciones
civiles, organizaciones no gubernamentales, instituciones en general y
dispositivos psicosociales en la comunidad.
El desempeño
de la actividad profesional, rentada o ad honorem, puede llevarse a cabo
en las distintas áreas que abarcan las incumbencias del profesional
de la Psicología Social, quedando comprendidos como tales los Psicólogos
Sociales con Título Privado u Oficial y los Operadores en Psicología
Social o denominaciones similares, según los distintos planes de
estudio.
Las áreas
de incumbencia abarcan la docencia, la investigación, la coordinación
y/o participación en dispositivos psicosociales de Prevención
Primaria y Promoción de la Salud Mental, la coordinación
de Grupos Operativos con finalidades de reflexión, aprendizaje
o tarea.
La Acreditación
de Idoneidad Profesional se emitirá con una validez de dos años
una vez que el asociado haya presentado la documentación requerida,
y ésta haya sido aprobada por la Comisión Evaluadora.
Durante dicho lapso deberá hacer llegar a APSRA, entidad que emite
la acreditación, y a los fines de archivar en el Legajo correspondiente
del asociado, toda constancia que certifique que el Profesional se mantiene
en actividad y que en vista de tales comprobantes pueda revalidarse la
acreditación para el siguiente período. Serán tomadas
en cuenta las actividades de formación y capacitación continua,
la participación en sus distintos niveles en seminarios y congresos
de la especialidad, como así también las actividades de
supervisión de su quehacer profesional.
Tanto el
asociado como su Acreditación de Idoneidad Profesional quedan comprendidos
bajo el Reglamento del Tribunal de Ética y Disciplina de APSRA.
El postulante deberá firmar, en carácter de declaración
jurada, haber leído dicho reglamento comprometiéndose a
guardar fidelidad al mismo. Es privativo de la Comisión Evaluadora
-en particular- y de la Comisión Directiva -en general- el otorgamiento
y renovación de la acreditación.
APSRA fija
como arancel bianual para extender la Certificación el importe
que resulte del equivalente a seis (6) cuotas de Socio Activo.
El asociado
que no mantenga su calidad regular como tal, es decir que se atrasase
en tres cuotas consecutivas, mantuviese deuda con la institución
o no haya remitido las constancias y documentación que ratifiquen
la continuidad de su desempeño profesional no podrá acceder
a la renovación de la acreditación.
Conceptos
particulares
•
La solicitud y la documentación requerida será recepcionada
por Secretaría Administrativa.
• Se crea la Comisión Evaluadora de Certificaciones integrada
por 3 (tres) Miembros de Comisión Directiva: Presidente, Vicepresidente
y Secretario quienes evaluarán la solicitud y firmarán
el Certificado una vez aprobado su otorgamiento.
• Se crea la Comisión Revisora de Legajos integrada por
3 (tres) socios activos, a designar. Cumplirá la función
de auditoria, fiscalización y seguimiento de los legajos de los
asociados acreditados.
Requisitos
para el otorgamiento
•
Ser Socio Activo con un mínimo de 1 (Un) año de antigüedad.
• Cuota societaria al día.
• Presentación de toda la documentación requerida.
• El postulante deberá firmar, en carácter de declaración
jurada, haber leído el Código de Ética Profesional
y el reglamento con que se rige el Tribunal de Ética y Disciplina
de APSRA comprometiéndose a guardar fidelidad al mismo.
Documentación a presentar
•
Constancias de desempeño en el rol profesional expedidas por
organismos públicos o privados, organizaciones no gubernamentales,
asociaciones civiles, barriales, etc.
• Fotocopias de 1ª y 2ª hoja del DNI
• Toda documentación que el solicitante considere pertinente
para acreditar su idoneidad, tanto en el área laboral como de
perfeccionamiento continuo de su formación. Certificados de asistencia
a Congresos, Jornadas, Seminarios, Talleres, etc. Libros o artículos
publicados, etc.
Duración
de la validez
•
El Certificado de Idoneidad Profesional tendrá una validez de
2 (Dos) años.
Arancel
bianual
•
Es igual al valor de 6 (Seis) cuotas societarias.
Fechas
de emisión
•
Los Certificados se emitirán por Secretaría en los meses
de abril y octubre.
Requisitos
para la renovación
•
Durante el transcurso de la vigencia del Certificado el Asociado deberá
remitir, a los fines de ser agregadas a su legajo, constancias y toda
la documentación que acredite y ratifique la continuidad de su
desempeño profesional, como así mismo la de su formación
continua.
Para los
Asociados que sean acreditados con la Certificación regirán
las mismas normas del Código de Ética Profesional del
Psicólogo Social* con que se rige el Tribunal de Ética
y Disciplina de APSRA y a su jurisdicción, juzgamiento y resolución
serán remitidas las denuncias que puedan emanar de asociados,
organismos públicos, privados o cualquier otra persona física
o jurídica.
*Las normas
de este código son de aplicación en todo el territorio
de la República Argentina, para todos los profesionales inscriptos
en APSRA, en razón de su ejercicio profesional.
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